Créditos documentarios. Medios de pago internacionalesCartas de crédito. UCP 600. Créditos documentarios (CD) Formas de pago
Ejemplo: Textos legislativos relacionados con los créditos documentarios y pagos internacionales de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI / UNCITRAL)
Los objetivos de la asignatura «Los créditos documentarios y las formas de pago internacionales» son:
La asignatura «Los créditos documentarios» se estudia en los siguientes programas de EENI Global Business School: Cursos: Medios de pago internacionales, Asistente de Comercio Internacional. Programa Superior: Comercio Exterior. Maestría en Negocios Internacionales, Comercio Exterior, Transporte Internacional Idiomas:
Medios de pago internacionales y créditos documentarios. En esta asignatura estudiaremos cómo cobrar y pagar las compraventas internacionales. El análisis se centrará en el cobro de las exportaciones. Las reglas presentadas servirán también para el pago de las importaciones. La selección de la forma de cobro más adecuada para una operación internacional es un factor determinante del éxito en el comercio exterior. A diferencia del mercado nacional, en el internacional existen otras formas de pago más sofisticadas que permiten obtener la máxima seguridad del cobro. Un crédito documentario (Letter of Credit -L/C-) es un convenio en virtud del cual un banco, actuando a petición de un importador y de conformidad con sus instrucciones, se compromete a efectuar un pago a un exportador contra presentación de una serie de documentos exigidos dentro de un tiempo límite especificado, siempre y cuando se hayan cumplido los términos y las condiciones del crédito. El Crédito documentario es más favorable al exportador que al importador. Es un instrumento diseñado para proteger al exportador. En esta asignatura se practicará con diferentes casos reales sobre créditos documentarios, analizando el SWIFT, las condiciones, los documentos, etc. En un crédito documentario, el banco del importador se compromete previamente (por cuenta del importador) a atender el pago de la operación, es decir, el banco del importador avala el pago (a la vista o a plazo) y además este aval se establece con anterioridad al envío del producto y de los documentos. Hay que señalar que los bancos nunca trabajan con productos, siempre lo hacen con documentos (las facturas, los certificados de origen, el conocimiento de embarque o Bill of Lading...). Si los documentos no cumplen estrictamente con los términos y con las condiciones establecidas en el crédito, entonces hablaremos de reservas. Los créditos documentarios están regulados por la Cámara de Comercio internacional (CCI) a través de los Usos y Reglas Uniformes Relativas a los Créditos documentarios (URU). La última revisión de dichas reglas se recoge en la publicación 600 de la CCI. Ejemplo: EL CRÉDITO DOCUMENTARIO: Los siguientes documentos de la FAsociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) son aceptados en un crédito documentario.
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