Resumen del curso Las
Aduanas y la Organización Mundial del Comercio (OMC):
La valoración en aduana es el procedimiento aduanero
utilizado para determinar el valor en aduana de los productos importadas
en las operaciones de comercio exterior (importaciones y exportación).
Si se aplica el llamado "derecho ad valorem", entonces el valor en aduana es
esencial para determinar el
derecho a pagar por el producto importado. Los derechos de aduana pueden ser:
específicos, ad valorem, o también una combinación de los dos.
El Acuerdo sobre Valoración en Aduana indica que la valoración en aduana debe basarse
(excepto en algunos) casos, en el precio real de los productos
(indicados generalmente en la factura).
En aquellos casos en que no exista valor de
transacción (o en que el valor de transacción no
sea aceptable como valor en aduana) el Acuerdo sobre Valoración en Aduana establece otros métodos de valoración en aduana:
- Valor de transacción
- Valor de transacción de productos
idénticos
- Valor de transacción de productos
similares
- Método deductivo
- Método del valor reconstruido
- Método de última instancia
Ejemplo del curso Las Aduanas y la Organización Mundial del Comercio (OMC):

La inspección previa al embarque (o expedición) es la
acción de usar empresas privadas para controlar y verificar
los detalles de la exportación (precio, cantidad, calidad) de los productos.
Las "normas de origen” en el comercio exterior son los utilizados para determinar
el país en dónde se ha fabricado el producto.
Las "normas de origen” son una parte esencial de las
normas del comercio exterior al haber una serie de
políticas que discriminan entre los países
exportadores: contingentes, aranceles
preferenciales, medidas antidumping, derechos
compensatorios (utilizados para contrarrestar las
subvenciones a la exportación), etc.
El número de ACR (acuerdos comerciales
regionales) no ha dejado de aumentar den los últimos
años. En 2010 se
habían notificado a la Organización Mundial del Comercio (OMC) unos 474 ACR
(acuerdos comerciales regionales de comercio exterior).
Cuando un país miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) se adhiere a un acuerdo
de integración regional de comercio exterior otorgando a
las demás partes en dicho acuerdo de condiciones más
favorables en temas de comercio exterior que las que
concede a los demás miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC),
entonces ese país se aparta
del principio fundamental de la no discriminación
(artículo I del GATT y el artículo II del AGCS).
Licencias de importación
Aunque su uso no está tan generalizado
como anteriormente, los sistemas de licencias de
importación están sujetos a las directrices de la Organización Mundial del Comercio (OMC)
En el Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite
de Licencias de Importación se indica que deben ser sencillos, transparentes y previsibles.