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Contenido: (Agribusiness)
- Almazaras y envasadoras de aceite.
- El sector del aceite de oliva en el mundo.
- Calidades del aceite de oliva.
- Almazaras y envasadoras de aceite.
- Descripción general del proceso industrializador.
- Productos finales.
- Caso: Grupo Borges.
- La OCM del aceite de oliva en la Unión Europea.
Resumen:
El crecimiento anual de la producción mundial de aceite de oliva es desde
1980 de 29.500 Tm. En 2006 se produjeron 2.87 millones de Tm. Existe una
concentración de esta producción en al área mediterránea: España, Portugal,
Italia, Grecia, Turquía, Túnez y Marruecos. Estos siete países producen el 90%
de la producción mundial. De estos 7 países, España es el principal productor de
aceite de oliva con el 36% de la producción, seguido de Italia con el 25% de
dicha producción.
El consumo se concentra en general allá donde se produce. Los países de la Unión
Europea representan el 71% del consumo mundial. Los países de la cuenca
mediterránea suponen el 77% del consumo mundial. No obstante, cada vez más, se
van abriendo nuevos mercados para el aceite de oliva, lo que hace que el consumo
de otros países tome mayor importancia.
Para clasificar un aceite de oliva, se deberá tener en cuenta el proceso
utilizado para obtenerlo y la acidez del mismo. Se pueden distinguir:
- Aceites de oliva virgen
- Aceites de oliva virgen
- Aceite de oliva
- Aceite de orujo de oliva crudo
- Aceite de orujo de oliva refinado
- Aceite de orujo de oliva
En el proceso de extracción de aceite de las olivas se obtiene, como promedio,
un 22% de aceite, un 46% de agua de vegetación, y un 32% de residuo sólido,
orujo o bagazo, que todavía contiene un 25% de humedad y un 5% de aceite.
Las características organolépticas son las sensaciones detectables por los
sentidos, fundamentalmente relacionadas con el olor y sabor. Son definidas por
expertos a través de una cata.
En la campaña de comercialización 2005/2006 entradó en vigor la reforma de la
Organización Común de Mercado (O.C.M.) del aceite de oliva, establecida por el
Reglamento (CE) nº 865/2004, que deroga el reglamento (CEE) nº 136/66/CEE.

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